A- de 2003
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Jose Vicente Cañas Cardona
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia para conocer de la impugnación contra una sentencia de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se decidió estarse a lo resuelto en el A. 134A/02 en relación al conflicto de competencia entre la Sección Segunda Subsección D del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura en lo referente a la tutela promovida por el ciudadano de la referencia.
En consecuencia, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, deberá ajustarse a lo previsto en el citada Auto, para tal fin, se remitió el expediente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO en el Auto de 134A de 20 de agosto de 2002 en relacion al conflicto de competencia entre la Seccion Segunda Subseccion D del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura en lo referente a la accion de tutela promovida por el ciudadano JOSE VICENTE CANAS CARDONA, conforme a lo expuesto en la parte motiva.
- SEGUNDO. En consecuencia, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, debera ajustarse a lo previsto en el Auto 134A de 20 de agosto de 2002, de acuerdo a lo expuesto en esta providencia. Para tal fin, remitase el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.